Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (D.S. 44)
El D.S. 44 pide que la empresa tenga y mantenga al día un Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, que se entrega gratis a los trabajadores y se ingresa en la página de la Dirección del Trabajo. Te ayudamos a elaborarlo o actualizarlo y a cumplir cada paso.
Qué exige la norma
Según el formulario de fiscalización del D.S. 44 (art. 56 a 58):
- Tenerlo al día, entregarlo gratis a cada trabajador e ingresarlo en la página web de la Dirección del Trabajo (con eso se considera ingresado también en la SEREMI de Salud)
- Enviarlo 30 días antes de que rija, para sus observaciones, a los trabajadores, al Comité Paritario o al Delegado y a las organizaciones sindicales
- Revisarlo con una periodicidad no inferior a un año, con participación del Departamento, el Comité o el Delegado y los sindicatos
- Contener como mínimo un preámbulo, disposiciones generales, obligaciones de las personas trabajadoras, prohibiciones y sanciones
Qué hacemos
Lo elaboramos o revisamos según los riesgos reales de tu empresa, preparamos la consulta previa y dejamos la entrega firmada por cada trabajador en Sloth, con su clave, para que quede la constancia.
Si ya tienes un RIOHS
El Reglamento Interno de Higiene y Seguridad puede ir dentro del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad. Revisamos el tuyo y te decimos qué le falta para el D.S. 44.
Preguntas frecuentes
¿Todas las empresas deben tenerlo?
Sí: el D.S. 44 pide a la entidad empleadora contar con un Reglamento Interno de Higiene y Seguridad y mantenerlo al día.
¿Hay que entregarlo a cada trabajador?
Sí, de forma gratuita, y conviene dejar constancia de la entrega. En Sloth cada persona lo firma con su clave.
¿Cada cuánto se revisa?
El formulario pide revisarlo «con una periodicidad no inferior a un año», con la participación del Departamento de Prevención, el Comité Paritario o el Delegado, y de los sindicatos. Te proponemos revisarlo una vez al año, y antes si cambian los procesos, los riesgos o la norma.
¿Incluye el protocolo de la Ley Karin?
La Ley 21.643 (Ley Karin), vigente desde el 1 de agosto de 2024, agregó obligaciones sobre la prevención y la investigación del acoso y la violencia en el trabajo que se relacionan con el reglamento interno. Al elaborar o actualizar tu reglamento lo revisamos contigo, y si falta el protocolo de prevención lo vemos en la propuesta.
Pide tu propuesta
Te contactamos dentro de 2 días hábiles (lunes a viernes) para conocer tu empresa. Pedirla no tiene costo ni te obliga a contratar.
Otros servicios
Implementación del D.S. 44
Diagnóstico con el formulario de fiscalización y plan para poner tu empresa al día.
Comité Paritario
Elección, constitución, actas mensuales y seguimiento de acuerdos del comité.
Matriz de riesgos (IPER)
Identificación de peligros y evaluación de riesgos por proceso, puesto y tarea.
Experto en prevención externo
Un experto registrado que lleva tu gestión preventiva, con visita mensual, sin contratar a jornada completa.
Capacitación de 8 horas del D.S. 44
El curso de prevención de al menos 8 horas que exige el art. 16, con registro de asistencia.
Delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo
La figura que pide el D.S. 44 en lugares de trabajo de 10 a 25 personas: elección, acta y apoyo.
Plan de emergencia y simulacro
El plan de gestión y respuesta ante emergencias que exige el D.S. 44, ensayado al menos una vez al año.