Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (D.S. 44)

El D.S. 44 pide que la empresa tenga y mantenga al día un Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, que se entrega gratis a los trabajadores y se ingresa en la página de la Dirección del Trabajo. Te ayudamos a elaborarlo o actualizarlo y a cumplir cada paso.

Qué exige la norma

Según el formulario de fiscalización del D.S. 44 (art. 56 a 58):

  • Tenerlo al día, entregarlo gratis a cada trabajador e ingresarlo en la página web de la Dirección del Trabajo (con eso se considera ingresado también en la SEREMI de Salud)
  • Enviarlo 30 días antes de que rija, para sus observaciones, a los trabajadores, al Comité Paritario o al Delegado y a las organizaciones sindicales
  • Revisarlo con una periodicidad no inferior a un año, con participación del Departamento, el Comité o el Delegado y los sindicatos
  • Contener como mínimo un preámbulo, disposiciones generales, obligaciones de las personas trabajadoras, prohibiciones y sanciones

Qué hacemos

Lo elaboramos o revisamos según los riesgos reales de tu empresa, preparamos la consulta previa y dejamos la entrega firmada por cada trabajador en Sloth, con su clave, para que quede la constancia.

Si ya tienes un RIOHS

El Reglamento Interno de Higiene y Seguridad puede ir dentro del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad. Revisamos el tuyo y te decimos qué le falta para el D.S. 44.

Preguntas frecuentes

¿Todas las empresas deben tenerlo?

Sí: el D.S. 44 pide a la entidad empleadora contar con un Reglamento Interno de Higiene y Seguridad y mantenerlo al día.

¿Hay que entregarlo a cada trabajador?

Sí, de forma gratuita, y conviene dejar constancia de la entrega. En Sloth cada persona lo firma con su clave.

¿Cada cuánto se revisa?

El formulario pide revisarlo «con una periodicidad no inferior a un año», con la participación del Departamento de Prevención, el Comité Paritario o el Delegado, y de los sindicatos. Te proponemos revisarlo una vez al año, y antes si cambian los procesos, los riesgos o la norma.

¿Incluye el protocolo de la Ley Karin?

La Ley 21.643 (Ley Karin), vigente desde el 1 de agosto de 2024, agregó obligaciones sobre la prevención y la investigación del acoso y la violencia en el trabajo que se relacionan con el reglamento interno. Al elaborar o actualizar tu reglamento lo revisamos contigo, y si falta el protocolo de prevención lo vemos en la propuesta.

Pide tu propuesta

Te contactamos dentro de 2 días hábiles (lunes a viernes) para conocer tu empresa. Pedirla no tiene costo ni te obliga a contratar.

* Obligatorio. Déjanos un teléfono o un correo para enviarte la propuesta.

Prefiero WhatsApp

Otros servicios